"BASES Y PUNTOS DE PARTIDA PARA LA ORGANIZACIÓN POLITICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA".

Por Liliana Lalli

Puntos principales.

1. Razones que hicieron que América del Norte atrajera una mayor cantidad de pobladores que América del Sur

La primera razón que encontramos es la presencia de un obstáculo en América del Sur en el sistema de exclusión de sus primeros conquistadores. Monopolizado por ellos durante tres siglos su extenso y rico suelo, quedaron esterilizados los fines de la conquista en cierto modo para la civilización en cierto modo para la civilización del mundo. Esas trabas y prohibiciones del sistema colonial impidió su población en escala grande y fecunda por los pueblos europeos, que, entonces, acudían a América del Norte, colonizada por un país de mejor sentido económico, siendo una de las principales causas de su superioridad respecto de la nuestra.

Otra de las razones fue la política exterior que podía existir entre Estados Unidos y Europa. Estados Unidos, como poseedores de una marina y de industria fabril, podían dispensarse de ligas estrechas con la Europa marítima y fabricante.

Además, América del Norte (por el liberalismo de su sistema colonial) siempre atrajo pobladores a su suelo en gran cantidad, aun antes de la independencia.

En síntesis, las razones principales fueron: la inmigración, y la política exterior.

Para zanjar esta diferencia, las constituciones de América del Sur, debían asegurar (a través de sus disposiciones) : a) la naturalización y el domicilio, b) la educación oficial y las mejoras municipales, c) la admisión de extranjeros a los empleos secundarios, d) la inmigración, e) el comercio, por las reglas de la política exterior, y f) el progreso, por las garantías de reformas.

El fin de las constituciones de América del Sur debe ser: propender a organizar y constituir los grandes medios prácticos de sacar a la América emancipada del estado oscuro y subalterno en que se encuentra. Esos medios deben figurar hoy a la cabeza de nuestras constituciones.

Debemos poner como medios esenciales a la inmigración libre, la libertad de comercio, los caminos de fierro, la industria sin trabas.

2. Defectos y virtudes de las diversas Constituciones americanas.

· Constitución de Chile:

· Virtudes: Superior en redacción a todas las de Sudamérica, sensatísima y profunda en cuanto a la composición del Poder Ejecutivo.

· Defectos: a) Es incompleta y atrasada en cuanto a los medios económicos de progreso y a las grandes necesidades materiales de la América española. b) Comprende mal las necesidades económicas de la América del Sur. c) Excluyeron todo culto que no fuese el católico, sin advertir que contrariaban mortalmente la necesidad capital de Chile, que es la de su población por inmigraciones de los hombres laboriosos y excelentes que ofrece la Europa protestante y disidente. d) Excluyeron de los empleos administrativos y municipales y de la magistratura a los extranjeros y privaron al país de cooperadores eficacísimos en la gestión de su vida administrativa.

· Constitución del Perú:

· Virtudes: Se preocupó por su independencia de la monarquía española y de toda dominación extranjera.

· Defectos: a) Consagra el catolicismo como religión de Estado (sin permitir el ejercicio público de cualquier otro culto), b) Sus condiciones para la naturalización de los extranjeros parecen calculadas para hacer imposible su otorgamiento. c) Solo pueden acceder a empleos militar, civil, político y eclesiástico los peruanos por nacimiento. d) Las garantías individuales sólo son acordadas al peruano, al ciudadano. e) Los extranjeros no podrán adquirir propiedad territorial en la República, sin quedar por este hecho sujeto a las obligaciones de ciudadano, cuyos derechos gozará al mismo tiempo. f) Los extranjeros solo podrán gozar de los derechos civiles si se someten a las mismas cargas y pensiones que los peruanos.

§ Constitución de los Estados que formaron la República de Colombia (Ecuador, Nueva Granada y Venezuela):

§ Virtudes: Todos los extranjeros serán admitidos en el Ecuador, y gozarán de seguridad individual y libertad, siempre que respeten y obedezcan la Constitución y las leyes.

§ Defectos: a) Al establecer que gozarán de seguridad individual y libertad, mientras respeten y obedezcan la Constitución, el extranjero puede ser expulsado del país por una contravención de simple policía. b) Se excluye del Estado toda religión que no sea la católica. c) las garantías de derecho público no son extensivas al extranjero de modo terminante e inequívoco.

· Constitución de Méjico:

· Defectos: a) Esta prohibido el ejercicio público de cualquier religión que no sea la católica romana. b) El extranjero no puede adquirir en la República propiedad raíz, si no se ha naturalizado en ella. c) El extranjero no puede trasladar a su país su propiedad mobiliaria, sino con los requisitos y pagando la cuota que establecen las leyes.

· Constitución del Estado Oriental del Uruguay:

· Virtudes: Espíritu de progreso, más que en su constitución, en el modo de ser de sus cosas y de su población, en la disposición geográfica de su suelo, de sus puertos, de sus costas y ríos. Posee ventajas que la hacen superior a muchas otras.

· Defectos: a) La constitución oriental empieza como la constitución argentina de 1826, declarando quiénes son orientales y quienes no, b) Da la ciudadanía al que combate en el país, sin previa residencia; pero al extranjero que tare riquezas, ideas, industrias, elementos de orden y de progreso, le exige residencia y otros requisitos para hacerlo ciudadano. c) Expulsa al oriental que acepta empleos o distinciones de Chile o de la República Argentina. d) Carece de garantías de progreso materias e intelectual. e) No consagra la educación pública como prenda de adelantos para lo futuro, ni sanciona estímulos y apoyos al desarrollo inteligente, comercial, agrícola, de que depende el porvenir de esa república.

· Constitución del Paraguay:

· Virtudes: Es la que mas se aproxima al sistema conveniente.

· Defectos: a) Es la constitución de la dictadura o presidencia omnipotente en institución definitiva y estable. b) Declara que la autoridad del Presidente de la República es extraordinaria cuantas veces fuese preciso para conservar el orden. c) El Presidente es juez privativo de las causas reservadas por el estatuto de administración de justicia. d) El Presidente dura en sus funciones diez años, durante los cuales sólo dos veces se reúne el Congreso. Sus sesiones ordinarias tienen lugar cada cinco años. e) Provee los medios de despoblar el Paraguay de sus habitantes extranjeros, llamados a desarrollar su progreso y bienestar. f) Excluye la libertad religiosa. g) Excluye todas las libertades; la única garantía que acuerda a todos sus habitantes, es la de quejarse ante el Supremo Gobierno de la Nación.

· Constitución de California:

· Virtudes: Protege la libertad y el orden, el progresi de la población, de la industria y de la cultura. Posee medios para desenvolver su población, su industria y su civilización, por adquisiciones rápidas de masas de hombres venidos de fuera y por instituciones propias para atraerlas y fijarlas ventajosamente en un territorio solitario y sombrio.

3. Método de promoción, y fomento de la cultura y la educación según J. B. Alberdi

Método de promoción y fomento de la cultura y la educación: La instrucción para él, debe referirse a ciencias y artes de aplicación, a cosas prácticas, a lenguas vivas, a conocimientos de utilidad material e inmediata.

- El idioma ingles debe ser mas obligatorio que el latín, ya que es el idioma de la libertad, de la industria y del orden.

- El plan de instrucción debe multiplicar las escuelas de comercio y de la industria. La juventud debe ser educada en la vida industrial, y para ello ser instruida en las artes y ciencias auxiliares de la industria.

- La industria es el gran medio de moralización; facilitando los medios de vivir, previene el delito. La instrucción en América debe encaminar sus propósitos a la industria.

- A su vez, la religión debe ser ramo de la educación, debe practicarse, no predicarse.

- La mujer debe brillar con el brillo del honor, de la dignidad, de la modestia de su vida.

J. B. Alberdi ve a la inmigración como el único medio para que América llegue a ser un mundo opulento. Sin grandes poblaciones no hay desarrollo de cultura, no hay progreso considerable. Argumenta que: Educando a nuestras masas, tendremos orden; teniendo orden vendrá la población de fuera.

La legislación (ya sea civil, comercial, etc.) no debe rechazar al extranjero que la Constitución atrae.

4. Tipos de inmigración

a) Tratados extranjeros: Se deben firmar tratados con el extranjero para darles garantías de que sus derechos de propiedad, de libertad civil, de seguridad, de adquisición y de tránsito, le serán respetados. Esos tratados deben ser firmados por termino indefinido o prolongadísimo. Los tratados de amistad y comercio son el medio para colocar la civilización sudamericana bajo el protectorado de la civilización del mundo. Cuantas más garantías se le den al extranjero, mayores serán los derechos asegurados en nuestro país.

b) Plan de inmigración: La inmigración espontanea es la verdadera y grande inmigración. Nuestros gobiernos deben proveerla logrando que los extranjeros olviden su condición, persuadiendolo de que habita su patria, facilitando todas las miras legítimas.

c) Tolerancia religiosa: Excluir los cultos disidentes de la América del Sur, es excluir a los ingleses, a los alemanes, a los suizos que no son católicos; es decir, a los pobladores que más necesita este continente.

d) Inmigración mediterranea: El medio más eficaz de elevar la capacidad y cultura de nuestros pueblos de situación mediterránea a la altura y capacidad de las ciudades marítimas es aproximarlos a la costa, mediante un sistema de vías de transporte grande y liberal, que los ponga al alcance de la acción civilizante de Europa.

e) Ferrocarriles: Es uno de los grandes medios para incluir a Europa en los países interiores de nuestro continente. Es el “camino” de fierro que acerca los extremos remotos de un país. Sin el ferrocarril no puede existir una unidad política en países donde la distancia hace imposible la acción del poder central. La unidad política debe empezar por la unidad territorial.

f) Franquicias, privilegios: Se debe proteger a su vez, las empresas particulares para la construcción de ferrocarriles. Deben ofrecerse ventajas y privilegios sin importar los medios para lograrlo.

g) Navegación interior: Los grandes ríos son otro medio para internar la acción civilizadora de Europa en el interior de nuestro continente. Es necesario brindarles la libertad absoluta de las aguas y para que ello sea permanente, es necesario firmar tratados perpetuos de libre navegación.

5. Reglas básicas de elaboración de una constitución:

Fines de una Constitución:

· Consagrar el catolicismo como religión de Estado; pero sin excluir el ejercicio público de los otros cultos cristianos. La libertad religiosa es tan necesaria al país como la misma religión católica. La libertad religiosa es el medio de poblar los países. La religión católica es el medio para educar esas poblaciones. Debe garantizar la libertad religiosa y facilitar los matrimonios mixtos, sin lo cual habrá población, pero escasa y esteril.

· Debe prodigar la ciudadanía y el domicilio al extranjero sin imponérselos.

· Debe asimilar los derechos civiles del extranjero a los derechos civiles del nacional, sin condiciones de una reciprocidad imposible.

· Debe abrirles acceso a los empleos público de rango secundario.

· Debe reconocer como uno de sus fines, la inviolabilidad del derecho de propiedad y la libertad completa del trabajo y de la industria.

· Debe dar garantías de que no se expedirá ley orgánica o civil que altere, la fuerza del derecho de propiedad consagradoentre sus grandes principios.

· La libertad y el desarrollo del comercio interior y exterior, maritimo y terrestre, deben figurar entre los fines del primer rango de la Constitución.

· Debe contener una sección destinada a fijar los principios y las reglas del derecho público referido a los extranjeros del Rio de la Plata.

· La paz y el orden interior son otro de los grandes fines que debe tener la Constitución.

Medios para obtener los fines:

La soberanía provincial quedara subsistente y respetada en todo aquello que no pertenezca a los objetos sometidos a la acción exclusiva del gobierno general, que serán por regla general de derecho público todos aquellos que expresamente no atribuya la Constitución al poder del gobierno federativo o central. Quedará subsistente el poder de elegir sus propias autoridades sin injerencia del poder centra, de darse su Constitución provincial, de formar y cubrir su presupuesto de gastos locales con la misma independencia.

6. Pro y contras de establecer a buenos aires como capital de la confederación argentina:

Pro:

¨ Posición geográfica: Convenía hacer capital del país al único punto del territorio argentino que en aquel tiempo era accesible al contacto directo con Europa.

¨ Costumbre: Habiendo sido Buenos Aires la capital secular del país bajo todos los sistemas de gobierno, no estaba en la mano del Congreso el cambiarla de situación.

¨ Cultura: Esa ciudad era la más digna de ser la residencia del gobierno nacional, por ser la más culta y populosa de todas las ciudades argentinas.

Contras:

¨ La geografía política colonial, no tardo en recibir un cambio fundamental que arrebató a Buenos Aires el privilegio de ser único punto accesible al contacto directo del mundo exterior. La libertad fluvial significaba la apertura de los puertos de las Prvincias al comercio directo a la Europa, o sea, a la verdadera libertad de comercio. Las demás Provincias litorales adquirían la misma aptitud y competencia para ser capital de la República.

¨ Buenos Aires demostro que su interés se halla en oposición con el interés general.

¨ Buenos Aires desconoce las condiciones de la vida de la nación.

¨ Nunca entendió el modo de engrandecer sus intereses locales, ligandolos con los intereses de la nación, sino cuando ha podido someter los intereses de toda la nación a su provincia.

Para crear el gobierno general, que no existe, se ha de partir de los gobiernos provinciales existentes.

Son éstos los que han de dar a luz al otro.

Los gobiernos provinciales existentes han de ser los agentes naturales de la creación del nuevo gobierno general.

Pero los gobiernos provinciales no consentiran ni contribuiran a la creación del gobierno general, sino a condición de continuar ellos existiendo, con más o menos disminución de facultades.

Los hechos, con el poder que le es inherente, nos conducen a emplear los gobiernos de provincia existentes como agentes inevitables para la creación del nuevo gobierno general; y para que ellos se presten a la ejecución de esa obra primeramente, y despues a su conservación, será indispensable que la vida del gobierno general se combine y armonice con la existencia de los gobiernos locales .

No hay pueblo, que no sea susceptible de alguna constitución. Su existencia misma supone en él una constitución normal o natural, que lo hace ser y llamarse pueblo.

La República Argentina posee más elementos de organización que ningún otro Estado de la América del Sur. Un hecho importante, base de la organización definitiva de la República fue la centralización del poder. El poder, el principio de autoridad y de mando, como elemento de orden, ha quedado y existe a pesar de su origen doloroso. La nueva política debe conservarlo en vez de destruirlo.